Tras la visita de Martín Becerra, el ciclo organizado por la cátedra de Políticas de la Comunicación tuvo su segunda instancia el miércoles 11 de mayo en el Auditorio «Rodolfo Walsh». En esta oportunidad la conferencia central estuvo a cargo del Dr. Damián Loreti, abogado especializado en materia de libertad de expresión.
La jornada estuvo atravesada desde el inicio por la adhesión al reclamo salarial de los docentes universitarios y por la situación presupuestaria de las Universidades Nacionales. El Vicedecano, Lic. Alejandro Ramírez, titular de la cátedra organizadora del evento, abrió la conferencia recordando el motivo por el que fuera presentado el proyecto del Ciclo ante el Consejo Directivo de la Facultad y lo relacionó con el contexto inmediato de la lucha docente. Inmediatamente, se dio lugar a la lectura por parte de una estudiante, de un documento elaborado por el claustro estudiantil de la FCEDU que resaltó la defensa de la Universidad como espacio posibilitador de otras realidades y el reclamo por condiciones laborales dignas para docentes y no docentes de las universidades. Asimismo, el Vicedecano comentó la adhesión del Consejo Directivo de la Facultad al Documento elaborado por el Consejo de Decanos de Ciencias Sociales (CODESOC) y procedió a leer la Declaración institucional de la FCEDU-UNER en consonancia con este documento.
Finalizada la introducción, se dio inicio a la conferencia del Dr. Damián Loreti con una breve presentación de su trayectoria. No es la primera vez que visita la ciudad para hablar de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, pero sí después del cambio drástico que significó para el panorama de la legislación en comunicación el DNU 267/2015, sobre el que se explayó ampliamente durante la conferencia. Se pudo seguir por streaming vía el Canal 20 de la UNER.
Libertad de expresión
Con el enfoque puesto en el devenir histórico de la doctrina clásica en materia comunicacional, Loreti se detuvo en la explicación de cada uno de los hitos que constituyen la actualidad de los estándares de libertad de expresión. «Las primeras reglas de protección a la libertad de expresión iban de la mano de que el Estado garantice que quien se para para tomar la voz pública en la esquina tenga el derecho a estar protegido cuando lo hace. (…) Esa es la doctrina clásica de la protección a la libertad de expresión». Dentro de esa regla, aseveró Loreti, se han construido diversas teorías como la de el libre mercado de ideas, las que años más tarde afirman que no se garantiza la libertad de expresión solamente con el acceso o las teorías más asamblearias o parlamentaristas.
A partir de la Declaración de Derechos Humanos de 1948 aparece la idea del derecho a la información y la libertad de expresión. Esta regla es retomada por diversas convenciones, como la del Pacto de San José de Costa Rica; un acuerdo muy relevante, explicó Loreti, porque fue «el ámbito en el cual se consolidó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Relatoría Especial, que son los encargados de fiscalizar la situación de los derechos humanos en todo el continente». Argentina firmó y ratificó ese tratado, obligándose a cumplir esas reglas en las condiciones «que los órganos dicen que hay que cumplirlas, con el criterio de que el derecho a la comunicación es un derecho humano universal. De allí que el Estado tiene que garantizarlo, como todos los derechos humanos».
Liberalización o protección de la diversidad cultural
«En todo el proceso de discusión de cómo sacar el oprobio que era la vieja ley de radiodifusión de la dictadura, el no a los monopolios en la comunicación se transformó en un paradigma de derechos humanos, no en una discusión académica ni política», comentó Loreti, en relación al proceso propio que tuvo la Argentina desde la recuperación de la democracia.
Recién entrado el año 2000 la Corte Interamericana hizo un pronunciamiento en torno a la concentración de medios en la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión. Para 2003 Argentina había aprobado la Ley de Defensa de las Industrias Culturales Argentinas, donde se reconoce a los medios de comunicación como una industria cultural estratégica para el desarrollo de la Nación. Por su parte, en 2005 la UNESCO aprobó la Convención de Protección a la Diversidad Cultural, tratado que sirve a los Estados para apartarse de la liberalización que propugna la Organización Mundial del Comercio. Dicho convenio fue refrendado en Argentina dos años más tarde.
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
«¿Qué se intentó hacer con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual? Primero que nada, restañar derechos (…) es un modelo basado en principios del derecho internacional de los derechos humanos, siguiendo buenos modelos de regulación de plataformas de pluralismo y diversidad: control de concentración con cantidad de licencias y techos de mercado; desconcentración en términos de lo que se llama contenidos de interés relevante; fuerte presencia de contenidos locales con producción independiente local», contó Loreti, llegando al punto neurálgico de la charla.
Otros aspectos claves de la Ley que remarcó el especialista fueron la fuerte impronta de participación de la sociedad civil y las universidades en los consejos federales y en las autoridades, y el sistema de accesibilidad universal de la grilla de programación, sobre el que remarcó que es una iniciativa desarrollada también en Europa y Estados Unidos.
Ya abocado al presente, Loreti describió la cronología de los decretos que afectan a la LSCA y las violaciones de los principios internacionales a través del DNU 267. Según el experto, el decreto viola los principios de legalidad y de conformación de la autoridad, la sociedad civil no es incluida y las decisiones son instauradas por el poder ejecutivo sin representación de la sociedad. Además, a partir del decreto, hay una «afectación al control de concentración, diversidad y pluralismo, en tres líneas: por aumento de la cantidad de licencias que se puede tener, la eliminación del techo de concentración y el aumento del plazo de vigencia de las licencias».
Con todos estos hechos, la Coalición por una Comunicación Democrática hizo una presentación ante la CIDH, por la que se llevó a cabo una audiencia el pasado 8 de abril: «fuimos pura y exclusivamente a decirles que la Argentina ha resuelto apartarse de estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (…) El Estado, a nuestro criterio, no contestó nada y la Relatoría menciona, tanto en la audiencia como en el comunicado final, que el Estado argentino se está apartando de estándares del Sistema y que eso implica violar el principio de no regresividad».
Convergencia
«¿La Ley nació vieja?», preguntó Loreti, apuntando al argumento con el que se intenta modificarla. «No, la ley resolvió qué era lo que se quería discutir». En síntesis, el especialista cerró diciendo: «No se puede regular del mismo modo –convergente– lo que es distinto, salvo que nos convenzamos de que todo lo que va adentro de un caño son bits, pero eso es la muerte a la producción intelectual, artística, de la diversidad y el pluralismo que es lo que nosotros auspiciamos que no ocurra».